CERTIFICADO DE APTITUD PROFESIONAL (CAP)


 

La primera vez que se habla de formación inicial y continua para los conductores profesionales fue en la Directiva 2003/59 del Parlamento Europeo en julio de 2003. Esta directiva obliga a los países miembros a tener implantado el sistema de Certificado de Aptitud Profesional antes del 2010. Con ello, se trata de conseguir conductores profesionales mejor cualificados y adaptados a las nuevas exigencias del mercado del transporte por carretera, y en definitiva, mejorar la calidad y la seguridad tanto del tráfico como de los propios conductores. La implantación en España se realiza a través del Real Decreto 1032/2007 de 20 de julio de 2007 donde se establecen dos fechas claves:

• 11 de septiembre de 2008 - Entrada en vigor del CAP para los conductores de transporte de viajeros (Autobús)

• 11 de septiembre de 2009 - Entrada en vigor del CAP para los conductores de transporte de mercancías (Camión y Trailer)

Lo más importante que se tiene que saber del CAP es lo siguiente: Desde las fechas indicadas con anterioridad ya no basta con disponer del permiso de conducción expedido por la Dirección General de Tráfico, además se deberá disponer del CAP (Certificado de Aptitud Profesional) para poder circular legalmente. El CAP lo expide el Ministerio de Fomento a través de las Conserjerías de Transporte de las Comunidades Autónomas ya que tienen transferidas las transferencias. Por lo tanto el CAP es independiente del Permiso de Conducción. Tal es así que una persona puede obtener el CAP sin disponer de ningún carnet de conducir.

Para hacer una implantación del CAP gradual se decidió que primero afectará a los conductores de autobús ya que son una quinta parte respecto al número de conductores de transporte de mercancías, y esto ha permitido a todos (Organismos oficiales, Centros de Formación y Alumnos) adaptarnos poco a poco a las normas del Real Decreto que lo regula.

Europa ha obligado a implantar el CAP en todos sus países miembros con el fin de profesionalizar el oficio de conductor, ya que hasta ahora “cualquiera” podía ser conductor profesional sin tener la formación adecuada. La obtención del permiso de conducir para autobús o camión, según las exigencias actuales, sólo certifica que una persona sabe manejar más o menos un vehículo y que conoce las normas básicas de circulación. Pero ser un buen Conductor Profesional requiere otros muchos conocimientos y por ello surge el CAP.

 

Los cursos de formación inicial CAP constan de 130 horas teóricas y 10 horas prácticas. Estos cursos son presenciales y de obligada asistencia. A diferencia del carnet de conducir que se puede obtener sin ir a clase, el decreto que regula el CAP establece la obligatoriedad de asistir al curso y para comprobar que se cumple realiza las correspondientes inspecciones.

Los cursos de formación inicial CAP tienen un examen asociado de 100 preguntas que es necesario aprobar para obtener el carnet de conductor profesional. Las preguntas son tipo test con cuatro posibles respuestas. Las preguntas acertadas suman un punto, las preguntas falladas restas medio punto y las preguntas sin contestar no suman ni restan. Se necesita una puntuación mínima de 50 puntos para aprobar.

- Si un conductor dispone ya del CAP de autobús y necesita sacarse el CAP de camión no tiene que hacer un curso completo de 140 horas y el examen correspondiente. Puede obtener el CAP de camión haciendo un curso puente de 35 horas sin examen. Lo mismo ocurre si un conductor tiene ya el CAP de camión y necesita obtener el CAP de autobús.

- Si apruebas el curso de formación inicial CAP de autobús puedes solicitar en tráfico que te quiten la limitación del radio de acción de 50 Km. durante el primer año (si la tuvieras).

- Si tienes el permiso D1 o D con fecha anterior al 11 de septiembre de 2008 estas exento de hacer la formación inicial del CAP para poder conducir autobuses. Estar exento no es lo mismo que tener el CAP. Si estas obligado a realizar la formación continua.

- Si tienes el permiso C1, C o C+E con fecha anterior al 11 de septiembre de 2009 estas exento de hacer la formación inicial del CAP para poder conducir camiones o trailer. Estar exento no es lo mismo que tener el CAP. Si actualmente tienes el C1 y con fecha posterior al 11 de septiembre de 2009 obtienes el permiso C estas exento de hacer el CAP por lo dicho en la primera línea de este párrafo. Si estas obligado a realizar la formación continua.

Los conductores de autobús (permiso D1- D) que están exentos de hacer la formación inicial del CAP por tener el carnet correspondiente con anterioridad a la entrada en vigor del CAP tienen que hacer la formación continua teniendo en cuenta estas fechas y el último dígito del DNI:

• Terminados en 1 o 2 antes del 10 de septiembre de 2011

• Terminados en 3 o 4 antes del 10 de septiembre de 2012

• Terminados en 5 o 6 antes del 10 de septiembre de 2013

• Terminados en 7 o 8 antes del 10 de septiembre de 2014

• Terminados en 9 o 0 antes del 10 de septiembre de 2015

Los conductores de camión o trailer (permiso C1- C - C+E) que están exentos de hacer la formación inicial del CAP por tener el carnet correspondiente con anterioridad a la entrada en vigor del CAP tienen que hacer la formación continua teniendo en cuenta estas fechas y el último dígito del DNI:

• Terminados en 1 o 2 antes del 10 de septiembre de 2012

• Terminados en 3 o 4 antes del 10 de septiembre de 2013

• Terminados en 5 o 6 antes del 10 de septiembre de 2014

• Terminados en 7 o 8 antes del 10 de septiembre de 2015

• Terminados en 9 o 0 antes del 10 de septiembre de 2016

 


Los conductores que tienen el carnet correspondiente con anterioridad a las fechas indicadas, para obtener el CAP por primera vez, tienen que hacer el curso de formación continua (renovación del CAP) que consta de 35 horas teóricas. Para aprobar estos cursos no hay que hacer ningún examen, sólo es necesario asistir al curso. La formación es presencial (no se puede hacer a distancia o por Internet) y la asistencia es, por tanto, obligatoria.

En el momento que estos conductores hagan el curso de formación continua, obtendrán el carnet de conductor profesional o carnet CAP expedido por el Ministerio de Fomento. Los cursos de renovación del CAP (formación continua) son únicos. Es decir, no hay cursos de renovación para viajeros y cursos de renovación de mercancías. Sólo hay cursos de renovación en general. Cuando haces un curso de formación continua renuevas aquello de lo que dispongas: si tienes sólo el carnet C1, C o C+E renuevas el CAP de mercancías. Si tienes sólo el carnet D1 o D sólo renuevas el CAP de viajeros. Si tienes permisos tanto de viajeros como de mercancías renuevas los dos tipos de CAP a la vez.
Dicho carnet tiene una validez de cinco años. Para poder renovar dicho carnet los conductores tendrán que volver a realizar el curso de formación continua antes de que se le caduque.
Los conductores que hagan la formación inicial para obtener el carnet de conductor profesional o carnet CAP tendrán que hacer los cursos de formación continua cada cinco años para renovar dicho carnet.


DOCUMENTACION NECESARIA: 2 fotografías, fotocopia DNI y permiso de conducción.

La fecha límite de inscripción en los cursos será 15 días antes del comienzo.